Derechos del detenido: qué puedes exigir

Una detención es una de las situaciones más angustiosas que se pueden vivir, y casi siempre llega por sorpresa. Saber de antemano qué derechos tienes —y exigir que se respeten— es la mejor defensa en esas primeras horas, que son las que más condicionan todo lo que venga después.

Qué es una detención y cuánto puede durar

La detención es una privación temporal de libertad que puede acordar la policía, el Ministerio Fiscal o el juez cuando hay indicios racionales de que una persona ha participado en un delito. La regulan los artículos 489 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

El plazo máximo ordinario de la detención es de 72 horas. Dentro de ese tiempo, la policía debe ponerte en libertad o a disposición del juez; no puede mantenerte detenido más allá salvo en supuestos muy concretos (como terrorismo, con autorización judicial). El plazo se cuenta desde el momento exacto de la privación de libertad, por eso es importante que conste la hora de inicio.

Los derechos que la policía debe respetar (art. 520 LECrim)

El artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es el texto central en esta materia. Es, en la práctica, el equivalente español a los "derechos Miranda". La policía debe informarte por escrito y en un lenguaje que entiendas de lo siguiente:

Derecho a guardar silencio y a no declarar si no quieres, así como a no declarar contra ti mismo ni confesarte culpable.

Derecho a la asistencia de un abogado. Es irrenunciable salvo en supuestos tasados (como ciertos delitos contra la seguridad vial). Puedes designar abogado de confianza; si no, se te asigna uno del turno de oficio.

Derecho a ser informado de los hechos que se te imputan y de las razones de la detención.

Derecho a que se comunique tu detención a un familiar o persona de tu elección.

Derecho a ser reconocido por el médico forense y a un intérprete si no hablas castellano.

La regla de oro: no declares sin tu abogado

El derecho a guardar silencio existe precisamente para protegerte. Lo recomendable, salvo que tu abogado te aconseje lo contrario tras conocer el caso, es no declarar en sede policial hasta haber hablado con él en privado. Las explicaciones, las versiones y los matices se preparan con el letrado, no se improvisan ante los agentes.

Si crees que la detención es ilegal: habeas corpus

Si consideras que la detención es ilegal o se está prolongando indebidamente, tú o tu abogado podéis solicitar el procedimiento de habeas corpus, regulado en la Ley Orgánica 6/1984. El juez debe resolver en un plazo de 24 horas si la detención es legal o si procede tu puesta en libertad.

Presto asistencia al detenido las 24 horas en Tortosa, Tarragona y partidos judiciales próximos. Si te han detenido a ti o a un familiar, lo primero es pedir un abogado y guardar silencio. Llámame antes de declarar.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico para un caso concreto. Cada situación debe analizarse de forma individual. Si te encuentras en esta situación, consúltame: cada paso cuenta. — Cristian Roig, abogado col. 2.918 ICAT · +34 623 780 680

Contacto

Comprometidos con su defensa. Contacte con nosotros o síganos para estar al día.

Teléfono:

Letrado Colegiado núm. 2.918 – Ilustre Colegio de la Abogacía de Tarragona (ICAT)

+34 623 780 680

© 2026. Todos los derechos reservados.

Cristian Roig Blasco

NUESTRAS OFICINAS                                       

Rambla Nova, 62, 2º-2ª,  43003-Tarragona                                   

Carrer ARGENTINA, 14, ENTRESUELO 6, 43500-Tortosa (Tarragona)

Escribe tu texto aquí...