Juicio rápido por alcoholemia: penas y qué hacer

Te han parado en un control, has dado positivo y tienes una citación para un juicio rápido. Es una de las situaciones más frecuentes en los juzgados de guardia y, bien gestionada, tiene salidas mucho menos graves de lo que parece. Te explico qué dice la ley y qué conviene hacer.

¿Cuándo es delito conducir bebido?

Conducir con una tasa superior a 0,60 mg/l de alcohol en aire espirado (1,2 g/l en sangre) es siempre delito, aunque condujeras perfectamente (art. 379.2 del Código Penal). Entre 0,25 y 0,60 mg/l puede ser delito si además hay síntomas de influencia (conducción errática, accidente, signos externos); si no, queda en multa administrativa. Y ojo: negarse a soplar es un delito aparte y más grave (art. 383 CP), castigado con prisión de 6 meses a 1 año.

¿Qué penas tiene?

El delito de alcoholemia se castiga con prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en todo caso, privación del permiso de conducir de 1 a 4 años. Si la retirada supera los 2 años, el permiso pierde su vigencia y hay que obtenerlo de nuevo (art. 47 CP). Además, la condena genera antecedentes penales.

La conformidad en el juicio rápido: un tercio menos

Estos casos se tramitan casi siempre como juicio rápido. Si aceptas los hechos ante el juzgado de guardia (conformidad, art. 801 LECrim), la pena se reduce en un tercio: la multa se ajusta además a tu situación económica y la retirada del carnet puede quedar cerca del mínimo. Pero la conformidad no siempre es la mejor opción: el etilómetro tiene márgenes de error, debe estar verificado y la segunda medición debe practicarse correctamente. Un atestado mal hecho puede cambiar el resultado.

Qué hacer si te paran (y después)

· Realiza la prueba: negarte es un delito más grave que el positivo.

· Pide la segunda medición y, si dudas del resultado, el contraste en sangre.

· Guarda el ticket del etilómetro y no firmes nada sin leerlo.

· No declares sin abogado: en el juicio rápido todo va muy deprisa.

· Consulta antes de la citación: la estrategia (conformidad o defensa) se decide ese día.

Reviso tu atestado, compruebo el etilómetro y su margen de error, y te acompaño en el juzgado de guardia para conseguir la mejor salida posible: una conformidad bien negociada o la defensa en juicio. La primera valoración es sin compromiso.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico para un caso concreto. Cada situación debe analizarse de forma individual. Si te encuentras en esta situación, consúltame: cada paso cuenta. — Cristian Roig, abogado col. 2.918 ICAT · +34 623 780 680

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Cristian Roig Blasco

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